COVID-19 en Compras Públicas en Chile – Directiva de la Dirección de Compras y Contratación Pública

Chile
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El COVID-19 ha sido categorizado como un evento de caso fortuito o fuerza mayor por la Administración Pública de Chile, determinando diversos impactos en los procesos y contratos administrativos de suministros y servicios.

Particularmente, se aprecia una flexibilización y adaptación de la Administración en lo que refiere a la aplicación de los principios y normas de Derecho Público en este escenario.

En ese ámbito de adecuación y flexibilización, la Dirección de Compras y Contratación Pública ha emitido la Resolución Exenta N° 237 B, de fecha 13 de abril de 2020, que aprueba la Directiva N° 34, con las siguientes recomendaciones sobre contratación pública para órganos compradores:

Optimización del proceso de Compras

Se recomienda a las entidades públicas priorizar la realización de trámites remotos durante los procesos de compra. En particular, se insta la adopción de las siguientes medidas:

  • Recepción de documentos a través de formatos digitales. Esto incluye los instrumentos de garantías.
  • Ampliación de plazos en las bases de licitación, en especial para el envío de ofertas, su evaluación, y la tramitación posterior a la adjudicación y suscripción del contrato respectivo.
  • Visación electrónica de los documentos, mediante la suscripción con firma electrónica (simple y avanzada), o bien en caso de sistemas de tramitación electrónica, a través de los logs que registre el flujo de trabajo y procesos.
  • Se permite la suscripción y extensión de contratos en compras públicas iguales o superiores a aproximadamente USD 60.000, a través de firma y documento electrónicos, respectivamente.

Apoyo a proveedores

Se recomienda adoptar las siguientes medidas en favor de proveedores:

  • Exigir garantías sólo en la medida que sea estrictamente necesario, como sería, por ejemplo, en contrataciones superiores a aproximadamente USD 120.000(garantía de seriedad de la oferta) y superiores a aproximadamente USD 60.000(garantía de fiel cumplimiento).
  • Considerar en el monto de las garantías en su caso exigida, la especial situación y contexto, de manera que sean razonables y acordes al mismo.
  • Se sugiere establecer montos cercanos al mínimo reglamentario (5% del monto total de la contratación).
  • Se fomenta el pago a proveedores en plazos más breves.
  • Considerar especialmente el caso fortuito o fuerza mayor como eximentes o atenuantes de responsabilidad.

Puedes revisar la Directiva N° 34 de la Dirección de Compras y Contratación Pública en el siguiente link: https://www.chilecompra.cl/2020/04/conoce-la-nueva-directiva-de-compras-con-recomendaciones-para-contrataciones-publicas-durante-la-pandemia-covid19/

Recomendamos a nuestros clientes revisar los procesos de compras públicas en que participen, o aquellos respecto de los cuáles consideraban participar, a efecto de tener claridad en los ajustes que se hayan hecho o puedan hacerse por parte de la Administración como consecuencia de esta Directiva.